Festivos de 2027 en México: las siete fechas de descanso obligatorio y los fines de semana largos
El descanso por el cambio de gobierno, cada seis años, no corresponde a 2027.

En 2027 los trabajadores en México tendrán siete días festivos de descanso obligatorio, del viernes 1 de enero al sábado 25 de diciembre, según el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo.
La fracción IX del mismo artículo añade el día de la jornada electoral ordinaria, que fijan las leyes electorales federales y locales. La federal será el domingo 6 de junio de 2027, según el Instituto Nacional Electoral (INE), con la renovación de las 500 diputaciones de la Cámara de Diputados.
Tres lunes que cambian cada año
Según el texto de la reforma de 2006, que el decreto de 2024 dejó sin cambios en esas fracciones, tres de las fechas no son fijas. El descanso se toma el primer lunes de febrero, en conmemoración del 5 de febrero; el tercer lunes de marzo, por el 21 de marzo; y el tercer lunes de noviembre, por el 20 de noviembre.
En 2027 esos lunes son el 1 de febrero, el 15 de marzo y el 15 de noviembre.
Los descansos de 2027, día por día
| Regla del artículo 74 | Fecha del descanso en 2027 | Cómo se calcula |
|---|---|---|
| El 1 de enero | viernes 1 de enero | Fecha fija |
| Primer lunes de febrero (conmemora el 5 de febrero) | lunes 1 de febrero | Primer lunes del mes |
| Tercer lunes de marzo (conmemora el 21 de marzo) | lunes 15 de marzo | Tercer lunes del mes |
| El 1 de mayo | sábado 1 de mayo | Fecha fija |
| El 16 de septiembre | jueves 16 de septiembre | Fecha fija |
| Tercer lunes de noviembre (conmemora el 20 de noviembre) | lunes 15 de noviembre | Tercer lunes del mes |
| El 25 de diciembre | sábado 25 de diciembre | Fecha fija |
| Jornada electoral ordinaria (fracción IX) | domingo 6 de junio | Fecha de la jornada federal, según el INE |
Qué cambió en 2024
El 30 de septiembre de 2024 el Diario Oficial de la Federación publicó una reforma a la fracción VII, que desde 2006 fijaba el 1 de diciembre de cada seis años para la transmisión del Poder Ejecutivo Federal. Desde la reforma publicada el 30 de septiembre de 2024 el día es el 1 de octubre.
Ninguna de las dos fechas corresponde a 2027. El decreto de 2024 entró en vigor al día siguiente de su publicación, el 1 de octubre de 2024, y con la regla de los seis años el siguiente descanso de ese tipo caería en 2030.
Dónde caen los fines de semana largos
Cuatro descansos forman fin de semana largo: el viernes 1 de enero y los lunes 1 de febrero, 15 de marzo y 15 de noviembre. El 1 de mayo y el 25 de diciembre caen en sábado; en el artículo 74 no aparece ninguna regla que traslade esos descansos a otro día, así que, según nuestra lectura, se quedan en sábado. El 16 de septiembre cae en jueves y tampoco se mueve.
Preguntas y respuestas
¿Los jueves y viernes santos son descanso obligatorio?
No. Los jueves y viernes santos no figuran entre las fracciones del artículo 74, según el texto publicado en el Diario Oficial de la Federación.
¿Cuántos de los siete descansos caen entre lunes y viernes?
Cinco: el 1 de enero, el 1 de febrero, el 15 de marzo, el 16 de septiembre y el 15 de noviembre. Los otros dos caen en sábado.
¿Es esta una lista oficial de fechas?
Es el resultado de aplicar al calendario de 2027 las reglas del artículo 74. Cada trabajador puede confirmar con su empleador el día que le corresponde.


