¿Hasta cuándo se puede pedir el voto por correo en España? Hasta el 19 de noviembre para las elecciones del 29
Las delegaciones de la Oficina del Censo Electoral enviarán la documentación a los solicitantes a partir del 9 de noviembre, según Correos.

Quien quiera votar por correo en las elecciones generales de España del 29 de noviembre puede pedirlo hasta el jueves 19 de noviembre y depositar el sobre en una oficina postal hasta el miércoles 25, según Correos.
El Real Decreto 806/2026, de 5 de octubre, publicado en el Boletín Oficial del Estado el 6 de octubre, disolvió el Congreso y el Senado y convocó elecciones a ambas cámaras. La campaña electoral durará quince días: empieza a las cero horas del viernes 13 de noviembre y termina a las veinticuatro horas del viernes 27 de noviembre.
Cómo se pide el voto por correo
El trámite empieza con la solicitud del certificado de inscripción en el censo electoral, un requisito imprescindible para votar por correspondencia, según la nota de prensa de Correos del 6 de octubre. Se puede pedir por internet en correos.es o en cualquier oficina de Correos de España, desde la fecha de la convocatoria y hasta el 19 de noviembre, inclusive.
Por internet no hace falta acudir a la oficina, pero hay que identificarse con el DNI electrónico o con un certificado digital válido. El solicitante completa los datos, firma la petición electrónicamente y descarga la solicitud al terminar. Después, la Oficina del Censo Electoral debe aprobarla para enviar la documentación a la dirección que se haya indicado.
En una oficina, la solicitud se presenta en persona y con el original del DNI, del pasaporte o del carné de conducir. Según la nota de Correos, solo se admite que la presente otra persona cuando una enfermedad o una discapacidad, acreditada con certificación médica oficial, lo impiden.
Quién puede usar la solicitud por internet
La aplicación web de Correos está abierta a los electores residentes en España y a los residentes en el extranjero que se encuentren temporalmente en España con derecho de voto en estas elecciones. No pueden usarla los residentes en España que estén temporalmente en el extranjero, ni los residentes en el extranjero que la presenten desde su país de residencia. La página de Correos no explica qué vía les queda a esos dos grupos.
Si la Oficina del Censo Electoral acepta la solicitud presentada por internet, el elector ya no podrá votar en la mesa electoral el día de la votación.
Qué ocurre después de pedirlo
Correos entrega las solicitudes a las delegaciones provinciales de la Oficina del Censo Electoral, que envían la documentación necesaria a partir del lunes 9 de noviembre. Correos no indica cuánto tarda en llegar a quien la pida con antelación.
El plazo para depositar el sobre con el voto termina el 25 de noviembre de 2026, en los horarios habituales de apertura de las oficinas postales. La Oficina del Censo Electoral pide que lo entregue el propio elector. Según Correos, la empresa lleva el voto a la mesa electoral correspondiente el día de las elecciones.
| Trámite | Fecha |
|---|---|
| Publicación de la convocatoria en el BOE | martes 6 de octubre de 2026 |
| Documentación enviada a los solicitantes | a partir del lunes 9 de noviembre de 2026 |
| Campaña electoral | desde el viernes 13 de noviembre hasta el viernes 27 de noviembre de 2026 |
| Último día para solicitar el voto por correo | jueves 19 de noviembre de 2026 |
| Último día para depositar el sobre en Correos | miércoles 25 de noviembre de 2026 |
| Elecciones | domingo 29 de noviembre de 2026 |
Preguntas y respuestas
Cómo se pide cita previa en una oficina de Correos
Correos ofrece cita previa para agilizar los trámites y evitar esperas. Se solicita en su aplicación, en su web o en la Oficina Virtual: el elector elige una oficina con cita disponible y después el día y la hora.
Dónde recibe el elector la documentación
En la dirección que indique en la solicitud, que no tiene por qué coincidir con su domicilio habitual.
Puede entregar el sobre otra persona
Si el elector no puede acudir personalmente, puede autorizar a otra persona. El representante debe presentar la autorización, una fotocopia del documento oficial del elector y su propio documento oficial. Correos facilita una autorización modelo.
Quién puede pedir el voto en nombre de un elector enfermo
En una oficina, la presenta otra persona autorizada notarialmente o consularmente, cuando una enfermedad o una discapacidad, acreditada con certificación médica oficial, impide al elector hacerlo personalmente.


